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Miércoles, 11 de Agosto de 2010 15:23 por Carolina Loncón

¿Cómo cobrar una exportación?

Rubro: Paso a Paso   |    Etiquetado en:
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Exportar es un paso que a muchos emprendedores les gustaría dar. Sin embargo, en reiteradas ocasiones la iniciativa se estanca por temores, falta de información o incertidumbres. En Chile existen múltiples organizaciones que apoyan estas iniciativas y asesoran a los involucrados, a continuación te contamos qué hacer y a quiénes recurrir.

Por Carolina Loncón Puga

Asesoría: Carlos Honorato Comandari, subdirector Internacional de ProChile

1. Aspectos generales

En Chile todo emprendedor puede comenzar negociaciones con el extranjero, siempre que cuente con la iniciación de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el RUT empresarial. De lo contrario, debe empezar como exportador con una ampliación de giro con el Formulario 4415, lo que permite la obtención de facturas de exportación en regla.

La tributación es uno de los aspectos más desconocidos en esta materia, pero la realidad es mucho más simple de lo que se piensa. El exportador es un contribuyente de Primera Categoría y sólo debe declarar los siguientes impuestos: IVA, Pagos Provisionales Mensuales (PPM), Renta y el Formulario 50.

Una vez que se establece el contacto con el importador extranjero con el que se llevará a cabo el negocio y que ambos han acordado la transacción de un bien o servicio, es de vital importancia que la comunicación sea completa y detallada en cuanto a la calidad, a la aprobación de muestras mandadas, las condiciones, el envío, el precio, la presentación del producto, las entidades fiscalizadoras en territorio importador y, sobre todo, la modalidad de pago.

Para facilitar este trabajo el exportador debe contactar a un Agente de Aduanas (que guiará los trámites), puesto que toda la documentación ha de presentarse en el Servicio Nacional de Aduanas (SNA). Este organismo será el que emita el Documento Único de Salida (DUS), que es el que posibilita el ingreso de la mercancía a la Zona Primaria de Exportación, que equivale al espacio de tierra o mar, en el que se efectúan las operaciones materiales terrestres o marítimas de la movilización de mercancías.

Una vez que comienzan las contrataciones en el extranjero, existen dos documentos que se usan para comprometer a las partes a concretar la negociación: la Factura de Proforma y el Contrato de Compraventa Internacional. Ambos sirven para establecer lo que se está vendiendo, el valor cobrado y las condiciones comerciales, entre otros puntos.

Para hacer efectivo el pago de la transacción, el vendedor debe enviar una Factura Proforma al comprador, quien la devuelve firmada, junto a una orden del pedido estipulado. Una vez que se concreta el negocio, el primero debe emitir una Factura de Exportación, en la que detalla el valor del envío en dólares.

2. ¿Cómo cobrar?

Sin duda, la exportación es una gran oportunidad de negocios para los emprendedores chilenos. Pero antes de llevar a cabo esta operación, los interesados deben tener claras las exigencias del país al que piensan dirigir sus bienes y/o servicios, cuál es la regulación existente al respecto y cómo vender sus productos al importador (ver recuadro).

Uno de los puntos más relevantes es cómo se efectuará el pago del producto entregado. Para ello, la legislación indica diversas formas que, mayormente, dependerán de la relación que exista entre las partes involucradas:

  • Pago contado: se da cuando importador y exportador manejan una relación de confianza y cercana, pues el primero despachará la documentación de embarque y, cuando el segundo la reciba, asistirá a un banco para efectuar el pago.
  • Cobranza extranjera: en este caso, el exportador se dirige a su entidad bancaria una vez que la remisión de mercadería se concretó. Siendo dicha institución la que solicite la cobranza. Para ello, mandará los documentos de embarcación a       un banco socio en el país importador, el que a su vez, los hará llegar al comprador, una vez que el pago se haga efectivo (sin ellos, éste no podrá retirarlos del servicio de aduanas correspondiente).
  • Carta de Crédito o Crédito Documentario (también se llama Modo Acreditativo): es la modalidad más recomendada, pues transfiere responsabilidad de cobranza a los bancos involucrados. El importador abre una carta de crédito en su banco (que será el receptor del pago) a favor del exportador, siendo la entidad financiera quien contacte a éste último para informarle acerca de la iniciativa. Una vez que la mercadería ha sido embarcada, el exportador recibe una serie de documentos que debe presentar al banco para percibir el pago. En tanto, el importador recogerá otros, con los que podrá retirar el respectivo pedido, una vez que haya cancelado éste en su banco (emisor). En el acreditativo se encuentra todo el detalle de la transacción, para que las entidades bancarias estén al tanto de los derechos y obligaciones a cumplir.

3. Fomento a la exportación

En Chile existe una serie de beneficios que apuntan a fomentar esta operación y éstos se encuentran estipulados en la Ley N°18.634. A través de ésta, se autoriza el pago diferido de Derechos de Aduana (hasta siete años) y la concesión de acceder a un Crédito Fiscal (por una suma equivalente al 73 % de los derechos de aduana), para lo que respecta a la adquisición de bienes de capital, incluidos en el listado que establece por decreto el Ministerio de Hacienda. Para estos efectos, el SNA indica que se entiende como aquellas máquinas, vehículos, equipos, máquinas herramientas y herramientas que estén destinados directa o indirectamente a la producción de bienes o servicios, o a la comercialización de los mismos.

Del mismo modo, hay organizaciones que buscan agilizar la exportación, como la Corporación de Fomento (Corfo), a través de programas y fondos que ayudan a cubrir las garantías requeridas para obtener un crédito bancario, que proporcionan facilidades para concretar los gastos operacionales, entre otros.

4. ¿Cómo exportar servicios?

Al ser un intangible, existen modalidades que regulan este tipo de exportación estipuladas en el Acuerdo General de Comercio de Servicios (AGCS), las que corresponden a:

  • Comercio transfronterizo: éstas son las únicas que el Servicio Nacional de Aduanas (SNA) califica como Exportación de Servicios. Ocurre cuando un servicio cruza la frontera (de forma física o virtual) del país residente del exportador, hacia el correspondiente al importador. En este caso, el SNA exige que quien recibe el servicio no tenga domicilio en Chile; su uso debe llevarse a cabo sólo en el extranjero (exceptuando el transporte interno). Además, el servicio debe estar disponible para verificar su existencia real y su valor; finalmente se establece que quien presta el servicio en Chile desarrollará la actividad acertada y conservará domicilio o residencia en el territorio nacional.

Algunos ejemplos de servicios que entran en esta categoría son las investigaciones de mercado, consultorías, transporte de carga internacional terrestre, diseño, arquitectura e ingeniería, entre otros.

  • Movimiento del consumidor: en este caso, el importador extranjero se traslada a la nación del exportador local, que es donde se proporciona el servicio. En esta clasificación se encuentran el turismo, servicios médicos y de educación, entre otros. Tiene la ventaja de ser simple, pues el esquema de trabajo comúnmente usado es que se efectúa el servicio, se envía la factura y el cliente paga a través de un depósito, dado que en nuestro país no intervienen normas extranjeras. No obstante, no se considera dentro de los beneficios que fomentan las exportaciones.
  • Presencia comercial: como su nombre lo indica, la empresa que presta el servicio está presente comercialmente en el país importador. Esto se puede dar a través de sucursales, oficinas, creación de personas jurídicas u otros mecanismos en el territorio extranjero. Esta alternativa se regula por la normativa chilena de inversión en el extranjero (sector servicios).
  • Movimiento del proveedor: la compañía que presta el servicio cuenta con personas que viajan esporádicamente al territorio donde vive el importador, para entregar la asistencia acordada. Así, los empleados representantes del organismo que proporciona el servicio no son residentes en la nación compradora.

 

La exportación de servicios entrega ciertos beneficios, como la exención del IVA a la utilidad adquirida y la devolución de los derechos aduaneros pagados, entre otros.

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